Proteccion civil - Portal Web del Ayuntamiento de Arafo

Pautas de la Web Accesible
Mapa del Sitio Web
Buzon de Sugerencias del Ciudadano
Ayuda de Acceso y Uso de la Web
Acceso a Redes Sociales Arafo
Acceso a Redes Sociales Arafo
Acceso a Correo Electronico Web
Vaya al Contenido

Menu Principal:

GRUPO DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DEL MUNICIPIO DE ARAFO

El Municipio de Arafo cuenta con una Agrupación de Voluntarios de Protección Civil que ejerce una labor altruista y solidaria de protección de personas y bienes, con una cada vez mayor presencia en numerosas actividades, actuando no sólo ante situaciones excepcionales de emergencia y grave riesgo, sino en muchas otras ordinarias de naturaleza cultural, festiva, deportiva, de ocio, etc.; dichas actuaciones ha venido produciendo un elevado nivel de valoración y reconocimiento, tanto de organismos públicos y entidades privadas así como, en general, de la ciudadanía.
Integrada en el Área de Seguridad Ciudadana y Movilidad del Ayuntamiento de Arafo a través de la Sección de Protección Civil, la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil tiene por objeto la configuración de una Organización que, en base a los recursos municipales y otros medios que conforman el sistema local de Protección Civil así como a la colaboración ciudadana y de entidades privadas, garantice la coordinación preventiva y operativa respecto de la protección de personas y bienes ante los daños que se puedan producir o se produzcan en situaciones de emergencias en los casos de grave riesgo, catástrofe, bien sea mediante la realización de actividades que permitan evitar las mismas y/o, reducir sus efectos, o bien mediante la reparación de los daños y/o colaboración, en su caso, en las tareas de corrección las causas productoras de los mismos,
Asimismo, la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil podrá realizar, cuando no concurra situación extraordinaria de emergencia, actividades de colaboración con entidades públicas y privadas, asociaciones ciudadanas así como la divulgación y fomento de actuaciones preventivas en materia de Protección Civil.
  • Realización de visitas a centros docentes y asociaciones ciudadanas para la sensibilización y divulgación e información sobre medidas preventivas en materia de protección civil.
  • Participación, en su caso y cuando así se estime oportuno, en eventos y espectáculos públicos y en eventos de cualquier otra naturaleza, organizados o autorizados por el Ayuntamiento de Arafo, en aras de evitar daños y proteger a las personas y bienes.
En uso de las competencias asumidas por el art. 11, apartado l) de la Ley 7/2015, de  1 de abril, de los municipios de Canarias, y a los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el art. 26.1, apartado c), de la Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases de Régimen Local, la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil se regirá por lo establecido en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en el R.D. 1378/1985, de 1 de Agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en el R.D. 407/1992, de 24 de Abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil, acorde a lo dispuesto en Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias, en el presente Reglamento, y en cuantas disposiciones estatales regulen materia de protección civil y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado.
El ámbito territorial de actuación de la Agrupación de Voluntarios es el municipio de Arafo  si bien el Sr. Alcalde podrá autorizar su actuación fuera de esos límites cuando una situación de emergencia, calamidad pública o de grave riesgo en otro Término municipal así lo requiera y siempre previa solicitud de la autoridad competente en el territorio en el que se produzca tal situación extraordinaria.
Asimismo y cuando se celebren Fiestas locales de gran arraigo declaradas de interés turístico, o eventos culturales y  pruebas deportivas que por sus características conlleven una  masiva afluencia de público y/o que sobrepasen la capacidad que en materia de Protección Civil disponga la Administración solicitante, se podrá actuar en otro Término Municipal siempre que, igualmente, exista solicitud de la autoridad competente en el territorio en el que se produzca la celebración de los actos y que el Sr. Alcalde o Concejal delegado así lo autorice; la colaboración que se presté se hará con los requisitos que se establezca en la autorización.
La actuación de la Agrupación de Voluntarios  se centrará, de forma permanente y regularizada, en el campo preventivo y operativo de la gestión de emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, mediante colaboración con los profesionales de las emergencias, conforme a lo previsto en el Plan de Emergencias Municipal, Planes de Actuación Municipales, Procedimientos de Actuación Municipales, así como en la vigilancia preventiva del término municipal y en tanto en cuanto no existan otros cuerpos de seguridad presentes, actuará cumpliendo las instrucciones del Técnico de Protección. De todo lo anterior se entiende que, la naturaleza y el número de actuaciones de la Agrupación Local, dependerán de su capacidad y aptitud para asumirlas.
Los miembros de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil actuarán de acuerdo con las órdenes e instrucciones que le asigne la Sección de Protección Civil en situaciones de normalidad, y la Dirección Técnica del Plan de Emergencias Municipal de Arafo en los supuestos de activación de éste.
En los supuestos de que sean movilizados ante una emergencia y desplazados al lugar ya se encuentra actuando un servicio profesional, el responsable del colectivo de voluntarios se presentará al Director/a del Puesto de Mando Avanzado o, en caso de no estar constituido éste, al mando profesional que ostente la responsabilidad de la situación, colaborando y desarrollando las labores que les asignen.
Cualquier movilización que se haga de los miembros de la Agrupación deberá realizarse con voluntarios capacitados para hacer frente a la situación, debiendo contar con los elementos de protección individual suficientes; si el responsable municipal considera que esto no es así deberá comunicarlo al Director del Puesto de Mando Avanzado o, en su caso, al mando responsable para que adopte las medidas que estime oportunas.
El/la Jefe/a de la Agrupación o, en su caso, el/la Subjefe/a o voluntario/a de mayor rango presente en el lugar de la emergencia deberá velar por la seguridad de su personal ordenando la retirada inmediata de éste, cuando la evolución de la emergencia pueda poner en riesgo su seguridad.
Esta retirada deberá comunicarla, necesariamente, al Director/a del Puesto de Mando Avanzado.
La condición de miembro de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil faculta únicamente para realizar las actividades correspondientes a la misma Los/as componentes no podrán realizar, haciendo uso de su condición de miembros de la Agrupación, ninguna actividad de carácter personal, cualquiera que fuese su naturaleza.
Acceso a Tramites y Gestiones
Acceso a Nortmativa Municipal
Contacta con Nosotros
Acceso Galeria de Imagenes
Acceso al Tour Virtual del Municipio
Regreso al contenido | Regreso al menu principal